Cárcel para evasores de impuestos en Colombia

 

La Corte Constitucional confirmó que habrá cárcel para los contribuyentes que evadan impuestos.

 

Así lo determinó, luego de declarar exequible los artículos que fortalecen los tipos penales de la reforma tributaria

El director de la DIAN, Luis Carlos Reyes, informó que habrá cárcel para los ciudadanos que evadan los impuestos, luego de que la Corte Constitucional declarara exequibles los artículos que fortalecen los tipos penales de la Ley 2277 de 2022.

Reyes afirmó que “es uno de los avances más importantes del sistema tributario y fiscal del país, ya que hay vía libre para castigar con cárcel a los contribuyentes que oculten sus activos”.

“Buenas noticias. Habrá cárcel por omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes. La Corte Constitucional declaró Exequibles los artículos que fortalecen los tipos penales de la ley 2277 de 2022. Se logrará evitar el daño que los evasores le causan al recaudo tributario”, escribió Reyes en su cuenta X.

De acuerdo con la norma, cuando un contribuyente incurra en una omisión de activos y ocultamiento de pasivos será sancionado de acuerdo con los artículos 647 y 648 del Estatuto Tributario.

Sin embargo, para que los evasores de impuestos sean encerrados en la cárcel deben incurrir varias veces en la conducta delictiva y que en su declaración de renta, omitan activos o declaren un menor valor o pasivos inexistentes mayores a 1.000 salarios mínimos, es decir, $1.300 millones de pesos.