¿Por qué los contratos de prestación de servicios están en el ojo del huracán?

En varias ocasiones el presidente Gustavo Petro ha hablado sobre la eliminación de los contratos de prestación de servicios. Incluso se espera que sea uno de los puntos clave de su reforma laboral que se someterá a consideración del Congreso de la República.

Esta propuesta lo que persigue es la formalización laboral, ya que para muchos expertos este tipo de contratación no da cuenta de un trabajo decente, de acuerdo a la normatividad laboral vigente y a los tratados de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), además de que difícilmente genera posibilidad de proyección de crecimiento, estabilidad económica o motivación.

Sin embargo, el reto es muy grande, teniendo en cuenta que el mismo Estado es el principal empleador de este tipo de contratos. El presidente se ha propuesto la meta de regularizar a 700 mil de los 911 mil contratistas del país, antes de terminar su mandato, convirtiendo al Estado como un ejemplo de generar empleo digno.

¿Qué son los contratos de prestación de servicios?

Los contratos por prestación de servicios son de las formas de vinculación más comunes en el campo profesional para empleados que, sobre el papel, solo deben cumplir ciertas funciones y no una labor continua. Esta figura de contratación informal se caracteriza por ser un contrato de naturaleza civil, comercial o administrativa, donde existe una amplia libertad contractual, de manera que las partes pueden acordar casi cualquier cosa siempre que no se viole ley alguna.

Allynson Venegas Camargo, docente de la Escuela de Administración y Competitividad del Politécnico Grancolombiano, explica que “este tipo de contrato exige al contratista el pago de la seguridad social sobre el 40 % de los ingresos mensuales, siempre y cuando el valor de los honorarios o remuneración no sea menor a un salario mínimo legal vigente; adicionalmente, debe pagar la ARL cuando el riesgo sea I, II o III; tampoco, recibe prima, vacaciones, cesantías ni intereses a las cesantías, lo que disminuye la seguridad y calidad de vida en el momento de terminación y no renovación de la relación civil, que es regulada por el artículo 1495 del código civil”.

Si bien la precariedad es palpable y real, también es cierto que prohibir el uso de este tipo de contratos podrían generar importantes consecuencias para la economía del país. Expertos afirman que se podría dar un alto índice de desempleo, por el impacto económico que genera para los empleadores.

Las expertas concluyen que el contrato de prestación de servicios es una forma de contratación necesaria, por ello, más que eliminar esta modalidad, principalmente se requiere que se contemplen varios factores para tener unas políticas públicas que brinden ofertas laborales en donde los derechos de los trabajadores sean respetados, exista una cobertura total en cuanto al sistema de protección social y a su vez se favorezca el diálogo social junto con las prácticas éticas y racionales que les den garantías a los trabajadores de tener un trabajo decente.